En fuerza de las anteriores consideraciones esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA CON LUGAR el recurso de apelación de auto interpuesto por la abogada Antonia Yovanka Salvatierra, actuando en defensa del ciudadano LUIS JESUS TORRES RIOS, contra el auto dictado por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 18 de marzo de 2004..
SEGUNDO: REVOCA, el mencionado auto, sólo en cuanto a la Medida Privativa Preventiva de Libertad, dictada en contra del imputado LUIS JESUS TORRES RIOS, y decreta en lugar de esta, una Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad conforme a las modalidades previstas en los numerales 1°, 3°, 4° y 6° del artículo 256 del Código Orgánico Pr.....