DISPOSITIVA
En mérito a los razonamientos precedentemente expuestos esta Sala Nº 1de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: DECLARAR SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACION DE AUTOS, interpuesto por la ciudadana: YVONNE NORELY VALERA REINA, en su carácter imputada, asistida por la Abogada ANDREINA COROMOTO REYES FILIPPE, por el delito de: INVASIÓN previsto y sancionado en el artículo 471-A del Código Penal y APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA, previsto y sancionado en el artículo 408 del Código Penal. SEGUNDO: EN CONSECUENCIA SE CONFIRMA LA DECISIÓN DICTADA en fecha 26/06/2025 y publicado in extenso en fecha 22/06/2025, por el Tribunal Noveno (9) de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto principal signado bajo el N° D-2025-79708. Y así se .....