Decisiones del dia 25/10/2004
N° Expediente :
48.762
N° Sentencia :
Fecha: 25/10/2004
Procedimiento: Rendición De Cuentas
Partes: DEBORA CRISTINA QUINTANA DE DORTA, ROSAURA DORTA, DEBORA DORTA DE BURGIO, LUISA ELENA DORTA QUINTANA, FRANCISCO JAVIER DORTA QUINTANA Y LISBETH MILAGROS DORTA SÁNCHEZ VS. INVERSIONISTAS ASOCIADOS, S.R.L.
Resumen:
Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara parcialmente con lugar la demanda de RENDICIÓN DE CUENTAS, intentada por los ciudadanos DEBORA CRISTINA QUINTANA DE DORTA, ROSAURA DORTA, DEBORA DORTA DE BURGIO, LUISA ELENA DORTA QUINTANA, FRANCISCO JAVIER DORTA QUINTANA Y LISBETH MILAGROS DORTA SÁNCHEZ, contra la Sociedad de Comercio ¿INVERSIONISTAS ASOCIADOS, S.R.L.¿, todas anteriormente identificados, y ASÍ SE DECIDE.
No hay condenatoria en costas.
Notifíquese a las partes de la presente decisión, de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Juez/Ponente:
Rosa Margarita Valor Palacios
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
N° Expediente :
C-24026
N° Sentencia :
Fecha: 25/10/2004
Procedimiento: Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes: NIÑOS: JOSE MARIANO Y MARIA GABRIELA GUTIERREZ TERAN
Resumen:
Revisado el contenido de dicha acta y por cuanto no es contraria a ninguna disposición de la Ley, al orden público, ni a las buenas costumbres, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION. En consecuencia queda fijada la Obligación Alimentaría de la siguiente manera: PRIMERO: El padre se compromete a cancelar la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo), semanales en efectivo, para ser cancelados los días sábados de cada semana, lo cual comenzó a cancelar el sábado 09/10/04, para la madre de los niños cubra las necesidades de los niños, manteniendo su compromiso a asumir los gastos de médicos y medicinas, útiles escolares, vestimenta y calzado, lo cual le comprará en la oportunidad que fueran requeridos. CUMPLASE. Expídase por secretaria copia certificada.
Juez/Ponente:
Luvin Coromoto Valbuena Manzanilla
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
N° Expediente :
C-24024
N° Sentencia :
Fecha: 25/10/2004
Procedimiento: Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes: ADOLESCENTE: FRABKLIN JAVIER OCHOA GOMEZ
Resumen:
Revisado el contenido de dicha acta y por cuanto no es contraria a ninguna disposición de la Ley, al orden público, ni a las buenas costumbres, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION. En consecuencia queda fijada la Obligación Alimentaría de la siguiente manera: PRIMERO: El padre se compromete a cancelar la cantidad de SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs. 75.000), Mensuales, los cuales entregará a la madre de su hijo bajo acuse de recibo el primer 1° día de cada mes, así mismo se compromete a suministrar la cantidad de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo) por concepto de Bonificación especial de Fin de Año, los cuales entregará a la madre de su hijo bajo acuse de recibo el día 15 de diciembre de este año y para el proximo año lo incrementará a la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (B.....
Juez/Ponente:
Luvin Coromoto Valbuena Manzanilla
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
N° Expediente :
C-24011
N° Sentencia :
Fecha: 25/10/2004
Procedimiento: Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes: NIÑA: ERISMER GELSIN LOVERA RODRIGUEZ
Resumen:
Revisado el contenido de dicha acta y por cuanto no es contraria a ninguna disposición de la Ley, al orden público, ni a las buenas costumbres, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION. En consecuencia queda fijada la Obligación Alimentaría de la siguiente manera: PRIMERO: El padre se compromete a cancelar la cantidad de CIENTO MIL BOLIVARES (Bs. 100.000), Mensuales, compartidos en VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 20.000,oo) semanales, asimismo ambos padres acordaron gastos de ropa, médicos, medicina, útiles escolares, así como gastos en el mes de diciembre, el padre acordó cancelar gastos de transporte escolar de la niña. CUMPLASE. Expídase por secretaria copia certificada.
Juez/Ponente:
Luvin Coromoto Valbuena Manzanilla
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente
N° Expediente :
C-24008
N° Sentencia :
Fecha: 25/10/2004
Procedimiento: Homolog. Oblig. Alimentaria
Partes: NIÑO: GREGORI JAVIER SILVA BRITO
Resumen:
Revisado el contenido de dicha acta y por cuanto no es contraria a ninguna disposición de la Ley, al orden público, ni a las buenas costumbres, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACION. En consecuencia queda fijada la Obligación Alimentaría de la siguiente manera: PRIMERO: El padre se compromete a cancelar la cantidad de CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs. 40.000), Mensuales, los días últimos de cada mes que depositará en una cuenta de ahorros que aperturará posteriormente a nombre del niño, también ofrece cubrir el 50% de los gastos relativos a útiles y uniformes en el mes de Agosto, ropa y juguetes en el mes de diciembre y medicinas y consultas médicas en caso de requerirlo, asimismo se compromete en aumentar el monto de la obligación alimentaría en la medida en que sus ingresos vayan aumentando.....
Juez/Ponente:
Luvin Coromoto Valbuena Manzanilla
Organo:
Tribunal Cuarto de Protección del Niño y Adolescente