este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara:
1. PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer de la presente Querella Funcionarial interpuesto por el ciudadano RAMÓN ANTONIO CASTELLANO RODÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.509.500, debidamente asistido por la Abogada GRACE RODRÍGUEZ de GONZÁLEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 48.662, interpone querella funcionarial contra el acto de efecto particular, individualizado con el Nº 9700-104-653, de fecha 19/08/2019 y notificado en fecha 21/08/2019, emitido por la Coordinadora Nacional de Recursos Humanos del CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS, PENALES y CRIMINALÍSTICAS (CICPC), mediante el cual se le concede el beneficio de jubilación por tiempo mínimo de servicio.
2. SEGUNDO.....