Por tanto, Decretada Judicialmente, Medida Privativa de Libertad, en fecha 11-11-2012, vigente la Fase Investigativa, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 305 del Código Orgánico Procesal Penal " Proposición de diligencias. El Imputado, las personas a quienes se les haya dado intervención en el proceso y sus representantes, podrán solicitar al fiscal la práctica de diligencias para el esclarecimiento de los hechos. El Ministerio Público las llevará a cabo si las considera pertinentes y útiles, debiendo dejar constancia de su opinión contraria, a los efectos que ulteriormente corresponda".
Resulta procedente, la solicitud de Control Judicial, efectuada por la Defensa Técnica, atendiendo las disposiciones legales, ya establecidas y se Acuerda oficiar a la Fiscalía Vigésima del Ministerio Público, a fin de que la misma emita pronunciamiento, respecto a la práctica de las diligencias solicitadas, relacionadas con la Empresa ININCA, atendiendo lo dispuesto en el artículo 305 del.....