Los mencionados Penados fueron detenidos el 15 de Diciembre de 2.003 , por lo que hasta la presente fecha llevan detenidos UN (01)AÑO, CUATRO (04) MESES y DIECIOCHO (18) DÍAS; faltándoles por cumplir OCHO (08) AÑOS, SIETE (07) MESES y DOCE (12) DÍAS, que los cumplirán en el Internado Judicial Carabobo en fecha 15 de Diciembre del año 2013.
Se deja expresa constancia que los Penados podrán optar por las Fórmulas Alternativas de Cumplimiento de Pena, de la siguiente manera:
DESTACAMENTO DE TRABAJO: Cuando hayan cumplido 1/4 de la pena, esto es en fecha 15/1272005;
RÉGIMEN ABIERTO: Cuando hayan cumplido 1/3 de la pena, esto es en fecha 15/04/2007;
LIBERTAD CONDICIONAL: Cuando hayan cumplido 2/3 de la pena, esto es en fecha 15/08/2010;
CONFINAMIENTO: Cuando hayan cumplido3/4 de las penas, esto es en fecha 15/06/2011.
Asimismo, fueron condenados a las penas establecidas en el artículo 13 del Código Penal, estas son:
Interdicción Política durante el tiempo que dure la pena;
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