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DECISION
En mérito de todas las razones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, presentada por el ciudadano HOUSSEIN FAKIH,venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-19.290.434, de este domicilio, a través del abogado GABRIEL ALEJANDRO RUIZ MIRANDA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 68.161, con domicilio procesal en la ciudad de Caracas, Distrito Capital,contra los ciudadanos HASSAN ABDALLAH FAKIH SALEH, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-24.721.465, de este domicilio,y BAYDOUN YOUSSEF, libanes, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No......