este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a la competencia atribuida en el artículo 479 del Código Orgánica Procesal Penal AUTORIZA el TRASLADO del Penado RICHARD ALEXANDER VASQUEZ MANZANILLA, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.301.260, al Internado Judicial de Coro, Estado Falcón. A tal fin líbrese Exhorto al Tribunal de Ejecución del Estado Falcón a los fines de la vigilancia del mencionado Penado en ese Establecimiento Carcelario, e igualmente Remítasele copia certificada de la presente Decisión, así como copias certificadas de la Sentencia del día 14 de Enero de 2003, emanada del Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal, y la de la Ejecución de la Sentencia de este Tribunal de fecha 12 de agosto de 2003.
Impóngase al penado de la presente decisión