REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTES
Valencia, 17 de Junio de 2005
Años 195º y 146º
ASUNTO : GP01-S-2004-001769
Celebrada, como ha sido la audiencia fijada, con motivo de la solicitud presentada por la Defensa, según escrito inserto a los folios 52 y 53, mediante el cual solicita al Tribunal, se fije un plazo prudencial al Ministerio Público, para que concluya con la investigación, con fundamento en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la protección del niño y de adolescente; todo ello en concordancia con el artículo 561, literal “e” de la precitada Ley; escrito que ratifico la solicitante, en la respectiva audiencia, en virtud de haber transcurrido más de diez (10) meses desde la individualización del imputado, sin que la fiscal haya presentado acto conclusivo,.....