Por todo lo antes expuesto, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito, Trabajo, Marítimo y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la Separación de Cuerpos de los ciudadanos JOSAURY MERCEDES FANEITE CAMPOS y ENRIQUE VIEIRA FERREIRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-13.956.631 y V-10.245.743, respectivamente, en DIVORCIO y en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante la Prefectura de la Parroquia Bartolomé Salom, Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo, el día 04 de Noviembre de 1999, según Acta N° 95 de la referida fecha.