Celebrada, como fue en jornada e n guardia anterior cumpliendo con todas las formalidades previstas en la ley, la audiencia de presentación de detenido, en la presente causa seguida al adolescente IDENTIADD OMITIDA ; investigado por la presunta comisión de los delitos precalificados como POSESIÓN ILÍCITA tipificado en artículo 34 de la LOSSEP este tribunal pasa a pronunciarse fundadamente sobre las solicitudes efectuadas por las partes durante el curso de tal audiencia; en los siguientes términos:
PRIMERO : La forma en que se produjo la aprehensión del imputado, el tribunal aprecia que la misma no puede ser calificada como flagrante, en virtud que de acuerdo a lo expuesto por la Fiscal, y en atención al contenido del acta de aprehensión (Folio 2), dicho adolescente fue detenido en circunstancia que no encuadran en los postulados legales. Como fácilmente se infiere la forma en que se produjo la aprehensión no encuadra dentro de ninguno de los presupuestos del artículo 248 del Código O.....