Por todo lo antes expuesto, en virtud de que el recurrente del caso de marras, no está asistido por abogado tal y como lo exige la ley, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario, declara INADMISIBLE el presente recurso contencioso tributario por no tener la capacidad necesaria para comparecer en juicio y por la falta de cualidad o interés del ciudadano Domingo G. Yánez Díaz, en su carácter de presidente de la firma mercantil YANES TOBACCO, C.A Así decide.