DECISIÓN
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas con Competencia en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se ACUERDA notificar a la ciudadana Fiscal Superior del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, acerca de la omisión en que ha incurrido la Fiscalía 30 del Ministerio Público, en el asunto Nº GP01-S-2011-000401, seguida al ciudadano: ERICKSON RAUL ROMERO, de 25 años de edad, Cl N° V 18.362.727, nacido en Valencia estado Carabobo, en fecha 08/07/1985, hijo de Judith de Romero y Raúl Romero, residenciarse en Trapichito, manzana H6, casa N° 21, Valencia estado Carabobo, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA Y VIOLENCIA FISICA, previstos y sancionados en los artículo 41 Y 42 de la Ley Orgánic.....