DECRETA: Suficientes y bastantes las probanzas evacuadas para asegurarle el ciudadano ANIBAL PEREZ CASTELLANOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.232.293, la posesión y demás derechos sobre unas bienhechurías consistentes en una casa de habitación familiar, ubicada en la Calle Manaure entre Calle Los Mangos y Calle Carabobo, N° Sin Datos, Sector Casco de Manuare, Parroquia Belén, Municipio Carlos Arvelo, Estado Carabobo; la cual posee un área de Terreno INTI de OCHOCIENTOS CINCO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (805,35 m2), y están construidas sobre un área de OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON DIECISIETE DECÍMETROS CUADRADOS (83,17 m2); alinderado de la manera que se indica: NORTE: Casa que es o fue de la familia Jaure en 14,65+24,50 mts; SUR: Casa que es o fue de la familia Castellano en 39,00+1,48 mts; ESTE: Calle Manaure (que es su frente) en 7,63+10,00+8,44 mts, y OESTE: Casa que es o fue de la familia Castillo en 24,50 m.....