éste Tribunal Administrando Justicia y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte su homologación de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles y lo tiene como Sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada.- Asimismo esta Instancia ordena Suspender la Medida de Embargo Ejecutivo, practicada por el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, sobre el bien inmueble propiedad del demandado constituido por un (01) local comercial, y ordena oficiar al Registrador Inmobiliario del Segundo Circuito de Registro del Estado Carabobo, y a la Depositaria Judicial Venezuela, C.A. a los fines que se le sea entregado el bien Embargado Ejecutivamente al ciudadano: JOAO PAULO DE BRITO ROMAO DA VERA CRUZ, venezolano, ma.....