AUTO DE APERTURA A JUICIO
Se ordena la apertura a juicio Oral y Público en contra del acusado RICHARD ANTONIO LADERA BELLO, venezolano, natural de Puerto Cabello, Estado Carabobo, de 34 años de edad, fecha de nacimiento 20-10-70, de profesión ú oficio: obrero, de estado civil: soltero, hijo de: Rosa Bello y Antonio Ladera, titular de la cédula de identidad N° V-10.251.844, residenciado en: Urbanización Santa Cruz, vereda 23, Casa Nro. 08, Puerto Cabello Estado Carabobo; por la presunta comisión del delito de ENCUBRIMIENTO EN EL DELITO DE ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 255 Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano JESÚS MARÍA CROQUER (Calificación Provisional). Se emplaza a las partes para que un plazo común de cinco (5) días, contados a partir del presente pronunciamiento concurran ante el Juez de Juicio correspondiente. Asimismo se instruye a la ciudadana Secretaria, a los fines que remita en su debida oportunidad el presente asunto al Tribunal de Jui.....