Sobre la base de los razonamientos antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Circuito del Estado Carabobo, constituido en Tribunal Unipersonal de Juicio, Administrando Justicia, En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo pautado en los Artículos 361, 362 y 367 del Código Orgánico Procesal penal, CONDENA al Ciudadano PASTOR ANTONIO GIL BARRETO, natural de Valencia Estado Carabobo, de 32 años de edad, titular de la Cedula de Identidad N° 12.021.123, hijo de Pastor Antonio Gil y Carmen Barreto, y domiciliado en Urb., Los Guayos II, Manzana F5 Casa N° 01 Valencia Estado Carabobo a cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRISION como autor del delito de Actos Lascivos Agravados previsto y sancionado en el Articulo 377 del Código Penal, en relación con el Artículo 375, Ordinal 1° ejusdem, en perjuicio de la menor YRISMEL NASSER FERNANDEZ; asimismo se les condena a las penas accesorias de la de Prisión.....