Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana Marisol Dávila Camero, quien es venezolana, mayor de edad, abogada en libre ejercicio de la profesión, titular de la cédula de identidad No. 7.956.349, inscrita ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 55.919, actuando como apoderad judicial del accionante ciudadano Cesar José Parraga Izquierdo.
SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano Luis Candelo, quien es venezolano, mayor de edad, abogado en libre ejercicio de la profesión, inscrito ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 55.369, en su carácter de defensor de oficio de la empresa codemandada ¿Grupo Mekani¿C.A.
TERCERO: SE REVOCA PARCIALMENTE LA DECISIÓN emitida por el Juz.....