Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de los Municipios Valencia, Libertador, Naguanagua, Los Guayos y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR LA DEMANDA que por DESALOJO fuera incoada por la ciudadana ISABEL DIAZ DE AMAYA, abogado en ejercicio, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 14.633, Apoderada Judicial del ciudadano NELSON RAMÓN RAMOS MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.138.456 y de este domicilio, contra la ciudadana ANA CRISTINA FLORES SUÁREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.808.641 y de este domicilio.
Consecuencialmente, se DECLARA RESUELTO EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO celebrado entre las partes, suficientemente mencionado en autos y SE CONDENA a la parte demandada a hacer entrega material inmediata del inmueble ubicado en la Urbanización La Isabelica, Sect.....