DISPOSITIVO DEL FALLO
En consecuencia, con fundamento a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de La Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la acción por PRESTACIONES SOCIALES que incoara el ciudadano , titular de la cedula de identidad Nº CORINA LOVERA, en contra de SOFISTICADA DE VALENCIA, C.A, en consecuencia condena al demandado, a cancelar a la actora la cantidad de BOLIVARES CINCO MILLONES NOVECIENTOS OCHO MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO CON SEIS CENTIMOS (BS. 5.908.154, 06), siguientes discriminados así:
Se ordena experticia complementaria del fallo para que un único experto designado por el Juzgado de ejecución, calcule:
De conformidad con la jurisprudencia laboral reiterada, calcule la corrección monetaria (indexación) respecto a la cantidad de BS. 5.908.154, 06, desde la notificación de la demand.....