-IV-
DECISIÓN
En mérito de todas las razones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley RESUELVE:
PRIMERO: Declarar suficientes las probanzas evacuadas para asegurarle a losciudadanos MIGUEL ANTONIO CEVALLOS SANZ, MARÍA ANDREINA CEVALLOS MÁRQUEZ y MANUEL ANTONIO CEVALLOS MÁRQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.619.748, V-18.908.412 y V-21.278.137, respectivamente,todos domiciliados en el municipio Valencia, estado Carabobo,la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROSdelaciudadana de cujus MARY LUZ MÁRQUEZ HERMOSO, quien en vida fuere venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.095.985, domiciliada en la Urb. Villas de Laguna Club, casa No.....