PRIMERO: CON LUGAR la demanda por REIVINDICACIÓN incoada por la ciudadana OFELIA PEÑA QUINTERO, debidamente asistida por el abogado ALBERTO RIGO, contra los ciudadanos JOSÉ SALOMÓN OCHOA y MIGUEL ÁNGEL MOYETONES.
SEGUNDO: SE CONDENA A LOS DEMANDADOS JOSÉ SALOMÓN OCHOA y MIGUEL ÁNGEL MOYETONES a devolverle a la demandante OFELIA PEÑA QUINTERO el siguiente lote de terreno: Equivalente a 395,87 Mts2, siendo los linderos de dicha área los siguientes: NORTE-ESTE: Partiendo del punto A al punto D, en 15,01 metros lineales. ESTE SUR: Partiendo del punto D al punto C, en 3,76 metros lineales, SUR OESTE: Partiendo del punto C al B en 2,37 Metros lineales, SUR-NORTE: Partiendo del punto B al A, en 9,05 metros lineales.
TERCERO: Se ordena a los demandados a destruir las paredes de bloques construidas en el lote de terreno propiedad de la demandante, así como a quitar todos los "pipotes" de basura colocados en el terreno.
CUARTO: Se condena en costas a la parte demandada, por haber resultado .....