CON LUGAR: la acción incoada por el ciudadano MARIO ANDRES ROJAS CRIZALES, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 18.709.837, contra la Sociedad Mercantil "MATALMECANICA JEVICA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 21 de Diciembre de 1.987, anotada bajo el N° 29, Tomo 11-A, y condena a esta a:
Reincorporar al trabajador despedido a sus labores habituales, y,
A pagar de los salarios caídos causados en el procedimiento, contados a partir de la fecha de la contestación de la demanda, hasta la efectiva reincorporación del trabajador a sus labores habituales, a razón de Bs. 20.833,33, diarios ó 625.000,00, mensuales.
Exclúyase de la condenatoria de los salarios caídos, los lapsos que conllevaron la prolongación del proceso por motivos de fuerza mayor o caso fortuito, tales como: huelga de empleados tribunalicios, periodos de vacaciones judiciales o inacción de las partes......