V
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de lo contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1) SIN LUGAR el recurso contencioso de nulidad interpuesto por el ciudadano Claudio Alberto Iannino Finotti, en su carácter de apoderado de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA URAPAL, C.A., asistido por el ciudadano Ángel Francisco Martínez Rodríguez, admitido por este tribunal el 21 de febrero de 2005, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nº H-092/2004 del 16 de marzo de 2004, emanada de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO NAGUANAGUA del Estado Carabobo, en la cual se ratifica el Informe Fiscal Nº 27/2003, por concepto de impuesto sobre patente de industria y comercio, multa, recargo e intereses moratorios, por un monto total de bolívares quince millones seiscientos treinta y siete mil trescientos treinta y siete sin céntimos (Bs. 15.637.337,00), para el ejercicio fiscal 2002.
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