DISPOSITIVA.
Con fundamento en las anteriores consideraciones, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Juicio 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Declara CON LUGAR la solicitud realizada por el Director del Internado Judicial de Carabobo, en y en consecuencia, se autoriza a LUGO PIÑA WILDER DIOSNIL, titular de la cédula de identidad N° 14.817.275 a los fines de que sea trasladado a los JUEGOS NACIONALES PENITENCIARIOS BOLIVARIANOS, entre los días 17 hasta el 22 de noviembre del año en curso. Segundo: Líbrese la correspondiente boleta de traslado; Tercero: Ofíciese al Director del Internado Judicial de Carabobo a los fines de imponerlo de lo aquí decidido. Cuarto: Notifíquese al acusado. Cúmplase
Anna María Del Giaccio Celli.
Juez Titular en Funciones de Juicio 1.....