DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 2 de este Circuito Judicial Penal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONDENA al Ciudadano ALEXANDER MANUEL BOZZO MILENA, venezolano, natural de Valencia – Estado Carabobo, fecha de nacimiento 24-10-1974, de 30 años de edad, hijo de Gladis Antonia Meléndez y José Luis Bozzo Henríquez, Indocumentado, residenciado en la calle Principal San José, Casa S/N, Barrio El Calvario, cerca de una Bodega del Señor Blanco, Valencia, Estado Carabobo, grado de instrucción analfabeta, por la comisión del delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 375 del Código Penal, siendo que este delito tiene una pena de cinco (5) años de presidio en su límite inferior y diez (10) años en limite superior, que por aplicación del artículo 37 eiusdem, se tiene una pena aplicable de siete (7) años y seis (6) meses de presidio, la cual puede ser llevada hasta .....