este Tribunal de Control, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, visto como ha sido el desarrollo de la Audiencia y oído como ha sido la manifestación del Imputado de admitir los hechos, CONDENA al Acusado FLORES CHAVEZ, JOSE GREGORIO, natural de Guacara Estado Carabobo, titular de la cédula de identidad N° 18.852.590, de 22 años de edad, estado civil soltero, nacido el 29/02/84, de profesión u oficio soldado, hijo de Pedro Flores y de Rosa Chávez, Residenciado en: Mariara Urbanización Los Jardines, Calle Victoria, casa Nº 30, a cumplir con la pena DIEZ (10) AÑOS DE PRISIÓN, por el delito de ROBO AGRAVADO, delito previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, que prevé una pena de diez (10) a diecisiete (17) años, siendo su término medio trece (13) años y seis (06) meses, y por haber admitido los hechos de conformidad con el articulo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, se le rebaja un tercio (1/3). siendo esta rebaja de cuatro (04) .....