En orden a los razonamientos expuestos éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
• PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión incoada por el ciudadano TRINO ANTONIO DIAZ, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Número: 1.465.075, contra la FUNDACIÓN INSTITUTO CARABOBEÑO PARA LA SALUD (INSALUD), institución creada mediante Decreto emanado del Gobernador del Estado Carabobo, signado con el N° 625/305-A, de fecha 27 de Diciembre de 1993, publicado en Gaceta Oficial del Estado Carabobo, edición extraordinaria, N° 490 de la misma fecha y registrados sus estatutos por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Distrito Valencia del Estado Carabobo, en fecha 10 de Febrero de 1994, protocolizado bajo el N° 24, folios 1 al 5, Protocolo Primero, Tomo N° 20,y la .....