IV
DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: SE ORDENA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado en que el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, notifique al ciudadano ULISES DAVID ROJAS ASÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V4.458.327, de la sentencia definitiva dictada en fecha 11 de julio de 2023, mediante la cual se declaró que el referido ciudadano no es considerado tercero en la presente causa.
No hay condena en costas procesales dada la naturaleza del procedimiento.
Notifíquese a las partes.