este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1- IMPROCEDENTE la MEDIDA DE AMPARO CAUTELAR solicitado por el ciudadano RICHARD ANTONIO GONZALEZ HIDALGO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 17.171.746, debidamente asistido por el Abogado ARGENIS FLORES, titular de la cedula de identidad Nro. V.- 3.571.991 e inscrito en el instituto de previsión social del abogado bajo el Nro. 16.122, contra el Acto Administrativo Nro. AMSD-OFI-DSOA-2023-0639 de fecha 21 de Diciembre de 2023 emanada por el ALCALDE DEL MUNICIPIO SAN DIEGO DEL ESTADO CARABOBO.
Ahora bien, una vez este Juzgado Superior ya habiéndose pronunciado sobre la solicitud de amparo cautelar y siguiendo con los lineamientos establecidos en la sentencia de fecha dieciséis (16) de julio de 2019, de la Sala Político Administrativa, Magistrada Ponente MARÍA CAROLINA AMELIACH VILLARROEL, expediente Nro. 20.....