Decisiones del dia 22/02/2012
N° Expediente :
GP21-L-2011-000023
N° Sentencia :
PJ0052012000036
Fecha: 22/02/2012
Procedimiento: Cobro De Diferencia De Prestaciones Sociales
Partes: MARIA FELIX MAURERA CABRERA & COMPAÑÍA ANÓNIMA DE ADMINISTRACIÓN Y FOMENTO ELÉCTRICO (CADAFE) HOY INTEGRANTE DE LA CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL, S.A (CORPOELEC)
Resumen:
En mérito a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara Improcedente la solicitud de suspensión del proceso.
Publíquese, Notifíquese y Regístrese la presente decisión. Déjese copia para el archivo.
Dada, firmada y sellada en el despacho del Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Puerto Cabello. En Puerto Cabello, a los veintidós (22) días del mes de Febrero de dos mil doce (2012). Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación.
El Juez,
Abogado JOSE GREGORIO KELZI
La Secretaria,
.....
Juez/Ponente:
José Gregorio Kelzi Tabban
Organo:
Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
N° Expediente :
GP02-L-2010-000734
N° Sentencia :
pj00920120000028
Fecha: 22/02/2012
Procedimiento: Cobro De Prestaciones Sociales
Partes: JUANA LASTENIA MOLINA VS. MUNICIPIO GUACARA DEL ESTADO CARABOBO
Resumen:
....de los fines del bienestar social general, de acuerdo a sus capacidades y, que por tanto, deben cumplir las obligaciones contraídas en el acuerdo, todo de conformidad con lo preceptuado en los artículos 131 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por lo que se da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada y se exhorta a las partes a cumplir de buena fe los acuerdos contenidos en la presente acta.
Juez/Ponente:
Rosiris Cecilia Rodriguez Gonzalez
Organo:
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
N° Expediente :
15.428
N° Sentencia :
Fecha: 22/02/2012
Procedimiento: Estimación E Intimación De Honorarios Profesionale
Partes: DEMANDANTE: JOSE RAFAEL GONZALEZ REQUENA ; DEMANDADO: YANETT JOSEFINA MORALES PEREZ
Resumen:
Vista las consideraciones anteriores, este Tribunal estima que la presente demanda presentada por el abogado JOSE RAFAEL GONZALEZ REQUENA, debe ser declarada inadmisible, y así se decide.
Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: INADMISIBLE la demanda de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales intentado por el abogado JOSE RAFAEL GONZALEZ REQUENA, contra YANETT JOSEFINA MORALES PÉREZ, todos identificados suficientemente en autos.
De conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificación del abogado JOSE RAFAEL GONZALEZ REQUENA.
Publíquese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Merca.....
Juez/Ponente:
Omaira Escalona
Organo:
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
N° Expediente :
GP31-V-2012-000003
N° Sentencia :
PJ0022012000002
Fecha: 22/02/2012
Procedimiento: Cobro De Bolívares
Partes: DEMANDANTE: QUIMICOS BASICOS S.A. ENTIDAD MERCANTIL EXTRANJERA CONSTITUIDA EN LA REPÚBLICA DE PANAMÁ SEGÚN PROTOCOLIZACIÓN EFECTUADA ANTE LA NOTARÍA DUODÉCIMA DEL CIRCUITO DE LA PROVINCIA DE PANAMÁ, Nº 2.235, DE FECHA 14/03/1996;REPRESENTADA POR LA ABOGADA IRAIDA RODRIGUEZ DE MENDEZ, I.P.S.A. Nº 135.494.- DEMANDADA: CORPORACION AMERICAN MINERALS C.A. REPRESENTADA POR CARLOS ARTURO TOSCANO FUENTES, EN SU CARÁTER DE DIRECTOR GENERAL; TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 5.675.289.-
Resumen:
En fuerza de las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente causa conforme a lo dispuesto en los artículos 149 y ss de la Ley de comercio Marítimo, y el artículo 128 de la Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos.-
SEGUNDO: Que corresponde al TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA MARITIMO, ubicado en La Guaira, Estado Vargas, la competencia para conocer de la presente demanda de COBRO DE BOLIVARES por demora presentada en un contrato de Fletamento, por lo que este Tribunal DECLINA LA COMPETENCIA EN EL MENCIONADO TRIBUNAL.-
TERCERO: De conformidad con el Artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, déjese transcurrir el lapso previsto en la precitada norma, e.....
Juez/Ponente:
Rafael Eduardo Padron Hernandez
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Trabajo, Marítimo y Bancario
N° Expediente :
GP31-V-2012-000003
N° Sentencia :
PJ0022012000023
Fecha: 22/02/2012
Procedimiento: Cobro De Bolívares
Partes: QUIMICOS BASICOS S.A./CORPORACION AMERICAN MINERALS C.A. REPRESENTADA POR CARLOS ARTURO TOSCANO FUENTES, EN SU CARÁTER DE DIRECTOR GENERAL; TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 5.675.289.
Resumen:
En fuerza de las razones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente causa conforme a lo dispuesto en los artículos 149 y ss de la Ley de comercio Marítimo, y el artículo 128 de la Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos.-
SEGUNDO: Que corresponde al TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA MARITIMO, ubicado en La Guaira, Estado Vargas, la competencia para conocer de la presente demanda de COBRO DE BOLIVARES por demora presentada en un contrato de Fletamento, por lo que este Tribunal DECLINA LA COMPETENCIA EN EL MENCIONADO TRIBUNAL.-
TERCERO: De conformidad con el Artículo 69 del Código de Procedimiento Civil, déjese transcurrir el lapso previsto en la precitada norma, e.....
Juez/Ponente:
Rafael Eduardo Padron Hernandez
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Trabajo, Marítimo y Bancario