PROCEDENTE el desistimiento del procedimiento presentado por el abogado Alexis Manuel Rojas Hernández, inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 298.051, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil CENTRO POLICLÍNICO VALENCIA, C.A., inscrita en el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 31 de mayo de 1968, bajo el No. 1, del libro de Registro No. 66, y cuya última reforma se produjo según acta de asamblea general extraordinaria, de fecha 6 de febrero de 2024, bajo el No.7, Tomo 42-A. En consecuencia, se HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO en los mismos términos expresados, conforme lo dispuesto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, se extingue la instancia según lo previsto en el artículo 266 eiusdem.