ACUERDA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, a favor del Imputado RAMON TEODORO MARTINEZ, de la contenida en el artículo 92 ordinal 7º de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia, es decir: La obligación de comparecer ante el Equipo Interdisciplinario de los Tribunales de Violencia. Se ordena la comparecencia de la ciudadana victima ante el equipo multidisciplinario para su atención, orientación integral, de conformidad con el artículo 87 ordinal 1º y se le impone las establecidas en los ordinales 5º, 6º ejusdem: La prohibición de acercársele a la víctima, en su lugar de trabajo, residencia o estudios ni por si ni por terceras personas; La prohibición de realizar actos de persecución, intimidación o acoso a la víctima ni a su grupo familiar, ni por sí, ni por intermedio de terceras personas. En concordancia con el artículo 256 ordinales 3º, 8° y 9° del Código Orgánico Procesal Penal, esto es: Presentaciones cada TREINTA (30) días ante la of.....