Decisiones del dia 09/08/2005
N° Expediente :
2640
N° Sentencia :
Fecha: 09/08/2005
Procedimiento: Resolucion De Contrato De Arrendamiento
Partes: ABOGADOS PHILOMENA DE FREITAS Y GLORIA OLAVARRIETA, EN SU CARÁCTER DE APODERADAS JUDICIALES DEL CIUDADANO LUIS CARLOS VELÁSQUEZ, EN CONTRA DEL CIUDADANO IVAN RESTREPO ESTRADA
Resumen:
Este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO ADMINISTRANDO JUSTICIA, en nombre de la REPUBICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la LEY, declara LA PERDIDA DEL INTERES, por parte de las partes en esta causa, produciéndose en consecuencia la extinción de la misma.
De conformidad con el Articulo 251 del Código de Procedimiento Civil, se ordena notificar a las partes por haber sido publicada la sentencia fuera del lapso. Publíquese y déjese copia en los archivos de este Tribunal
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Quìnto de los Municipios Valencia, Libertador, los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia a los nueve (09) días del mes de agosto de dos mil cinco (2005). Años 195º de la Independencia y 146º de la Federación.
Juez/Ponente:
Omar José Gonzalez Lameda
Organo:
Juzgado Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego
N° Expediente :
5146
N° Sentencia :
Fecha: 09/08/2005
Procedimiento: Nulidad
Partes: LUIS ROMERO ORTEGA, VICTOR ROMERO ORTEGA, ALI ROMERO ORTEGA, VIRGINIA ROMERO ORTEGA, AURA ROMERO ORTEGA, PEDRO ROMERO ORTEGA, CARLOS ROMERO ORTEGA, NELSON ROMERO ORTEGA, GLADYS ROMERO ORTEGA Y CARMEN ROMERO ORTEGA, CONTRA LUIS EUGENIO ROMERO Y ELIZABETH CRISTINA LINARES ROJAS
Resumen:
Ahora bien, para esa fecha en que entró en estado de sentencia la presente causa se encontraba vigente el Decreto Presidencial número 1029, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela No. 35.8844, de fecha 22 de enero de 1996, el cual establecía que para anunciar casación se requería que el interés principal del asunto excediera de CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 5.000.000,oo), y dado que el monto de la presente demanda es de DOCE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 12.000.000,oo), que exceden los CINCO MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 5.000.000,oo), es por lo que dicho RECURSO DE CASACION debe ADMITIRSE.
Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 315, del Código de Procedimiento Civil ADMITE dicho recurso.
Juez/Ponente:
Santiago Tomas Mercado Diaz
Organo:
Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito