DECISIÓN
En consecuencia, el Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: Primero: Admite en su totalidad las acusaciones presentada por la Fiscalía Trigésima Primera del Ministerio Público contra del ciudadano: JHON ALEXANDER BUSTAMANTE ROMERO, venezolano, natural de Cabimas, Estado Zulia, de 25 años de edad, fecha de nacimiento 30/10/1984, titular de la cedula N° 18.602.591, de profesión u oficio limpiador de carro, grado de instrucción cuarto grado, residenciado en Las Palmitas, Libertador II, calle 24 de Junio, casa No. 13, parroquia Rafael Urdaneta, estado Carabobo, en perjuicio de de la ciudadana Maibe Carolina Bustamante Romero. Segundo: Se admiten todas y cada una de las pruebas presentada por el Ministerio Público en su escrito acusatorio y explanadas en la audiencia, por ser las mismas útiles, l.....