CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la defensora del acusado RAMON OSMAR TOVAR. SEGUNDO: ANULA la sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 7 de este mismo Circuito Judicial Penal de fecha 28 de Enero de 2008, así como el juicio oral y público que dio lugar a dicho fallo y el cual lo CONDENÓ al prenombrado acusado a cumplir la pena de Veintinueve (29) años y Dos (02) meses de Prisión, como autor responsable de los delitos de Homicidio Calificado, Porte Ilícito de Arma de Fuego y Resistencia a la Autoridad, en perjuicio de los hoy occisos Alirio Urdaneta y Marcilis Osto Bata., y TERCERO: ORDENA, la celebración de un nuevo juicio oral y público, advirtiéndole al Ministerio Público que de acusar por el delito de homicidio perpetrado en la persona de Marcilis Osto Bata, deberá solicitar la exhumación del cadáver a fin de precisar las circunstancias de la muerte del mencionado occiso.