Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, REVOCA por contrario imperio el auto de admisión de fecha 19 de Enero de 2016, y oficio Nro. 0110, dirigido al ciudadano PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO CARABOBO, oficio Nro. 0111, dirigido al ciudadano GOBERNADOR DEL ESTADO CARABOBO y oficio Nro. 0112 dirigido al ciudadano DIRECTOR GENERAL DEL CUERPO DE POLICÍA DEL ESTADO CARABOBO, todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, se ORDENA librar un nuevo auto de admisión.