Este Juzgado Superior, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara:
1. INCOMPETENTE para conocer del recurso de nulidad interpuesto por los ciudadanos Orlando José Negrin y Juna José Silva, cédula de identidad Nº V-10.730.401 y V-12.036.553, respectivamente, asistidos por los abogados Gustavo Boada Chacón y Elio Rafael Sánchez, Inpreabogado Nº 67.420 y 157.873, respectivamente, mediante el cual interponen recurso contencioso administrativo de nulidad contra la boleta sin número, de fecha 05 de abril de 2011, emanado de la Inspectoria del Trabajo de los Municipios Valencia, Libertador, San Diego, Naguanagua, Carlos Arvelo, Bejuma, Montalbán y Miranda del Estado Carabobo, Expediente Nº 080-2011-02-00001, en la cual se declaró legalmente constituida el Sindicato Marxista de Trabajadores Metalpetroleros de la Empresa Invetubos C.A.
2. DECLINA la competencia ante las Cortes de lo Contencioso Administrativo.
3. O.....