En mérito a lo expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de nueva admisión, declarando nulas todas las actuaciones posteriores a la misma, en el juicio de ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, intentada por los Abogados NEYLE E. TORRES SEIDEL, ANDRÉS ERNESTO LÓPEZ Y ADELMO LEAL, actuando en su propio nombre, contra el ciudadano WU MINGJI, todos suficientemente identificados en autos, y ASÍ SE DECIDE