DECISION
Por los antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida a quien en vida respondiera al nombre de JONATHAN RAFAEL CRIRINOS COLINA, venezolano, natural de Puerto Cabello, de 25 años de edad, fecha de nacimiento 02-01-1983, soltero, de profesión ú oficio: indefinido, hijo de Arelina Colina Rengifo Chirinos, titular de la cédula de identidad Nº V-16.802.507, residenciado en el Barrio El Mamón, calle Libertad, casa S/N, de color azul, al frente de la cancha, Morón, Estado Carabobo; por la muerte del mismo, quien era imputado en la presente causa, procediendo la consecuente extinción de la acción penal, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Pen.....