Decisiones del dia 20/09/2012
N° Expediente :
7977
N° Sentencia :
Fecha: 20/09/2012
Procedimiento: Resolución De Contrato
Partes: PARTE DEMANDANTE: FERNANDO FACCHIN ARIAS, ABOGADO EN EJERCICIO E INSCRITO EN EL I.P.S.A BAJO EL NRO. 72.015, ACTUANDO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE LA SOCIEDAD DE COMERCIO TUKAZA S.R.L. PARTE DEMANDADA: TALLER AUSTRAL S.R.L.
Resumen:
D I S P O S I T I V A
Por todos los razonamientos ya expuestos, este Tribunal Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de los ciudadanos y ciudadanas que la integran y por Autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del presente procedimiento, se tiene como sentencia pasada con autoridad de cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en los artículos 263, 264, 265 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia el Tribunal acuerda la devolución de los documentos originales de la presente causa, dejando en su lugar copias fotostáticas certificadas de los mismos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, firmando la secretaria cada uno de sus folios y al pie de la certificación. Desglósese los originales y agréguese .....
Juez/Ponente:
Yovani Gregorio Rodriguez
Organo:
Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego
N° Expediente :
8042
N° Sentencia :
Fecha: 20/09/2012
Procedimiento: Desalojo
Partes: DEMANDANTE: JOSE HUMBERTO HENAO JARAMILLO, COLOMBIANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° E- 81.305.053, DEBIDAMENTE ASISTIDO POR EL ABOGADO JUAN GARCIA MADRIZ, INSCRITO EN EL IPSA BAJO LOS NRO. 33.751. DEMANDADO: WILLIAM DE JESUS BARRIENTOS MAYA, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V- 15.149.040.
Resumen:
decir que el ciudadano JOSE HUMBERTO HENAO JARAMILLO, Colombiano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E- 81.305.053, debidamente asistido por el abogado JUAN GARCIA MADRIZ, inscrito en el IPSA bajo los Nro. 33.751, peticiono a lo largo de su libelo la resolución del contrato de arrendamiento antes mencionado, fundamentándolo en los artículos 33 y 34 de la Ley de Arrendamiento Inmobiliarios, referido este ultimo al desalojo, lo cual se evidencia que los fundamentos de hechos no encuadran con el derecho. ASI QUEDA ESTABLECIDO.
En merito a las anteriores consideraciones, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de los ciudadanos y ciudadanas que la integran y por Autoridad de la Ley: Declara: INADMISIBLE la presente demanda por no cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 340,.....
Juez/Ponente:
Yovani Gregorio Rodriguez
Organo:
Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego
N° Expediente :
GP31-S-2012-000402
N° Sentencia :
PJ0062012000202
Fecha: 20/09/2012
Procedimiento: Rectificacion De Partida De Nacimiento
Partes: SOLICITANTE: DANELLYS RAMONA TINEO ROJAS. ABOGADO ASISTENTE: MAGALY COROMOTO PARRA.
Resumen:
CAPITULO III.
PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio, del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO Y ORDENA a la Oficina Subalterna del Registro Civil de la Parroquia Salom, Municipio Puerto Cabello, Estado Carabobo, y al Registro Principal del Estado Carabobo, estampar la respectiva nota marginal en la Partida de Nacimiento, que corre inserta en el Libro de Registro Civil de Nacimientos llevados por ese Despacho, anotada bajo el Nº 1231, folio 20 y vto., de fecha 16 de Noviembre de 1964, de la siguiente manera: donde dice: "...A QUIEN RECONOCE Y QUE ES SU HIJA DE: ARGELIA ROJAS..", debe decir: "...A QUIEN RECONOCE Y QUE ES SU HIJA DE: ANGELINA ROJAS ...", que es lo correcto y verdadero, tal como fuera demostrado fehacientemente por la solicitante.
Exp.....
Juez/Ponente:
Alicia María Torres Hernandez
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Puerto Cabello