CAPITULO III.
PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio, del Circuito Judicial Civil Y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, interpusieran las abogadas ANGELY DEL CARMEN PARENTE FARIAS y JAHAIRA PÉREZ OVIEDO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 18.773.073 y V- 7.159.584, respectivamente, de este domicilio, inscritas en el Inpreabogado bajo los números 180.007 y 24.304, respectivamente, en sus caracteres de apoderadas judiciales de la Sociedad e Comercio "INVERSIONES PARREMEN C.A., denominada ahora "ESTACIÓN DE SERVICIO TABORDA C.A.", contra la Sociedad de Comercio "DON PERNIL C.A.", representada por el ciudadano ALEXI GUSTAVO SCHLOETER HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular .....