En fundamento a lo anteriormente expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito, del Trabajo, Marítimo y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara con lugar la demanda que por liquidación de comunidad concubinaria ha planteado ciudadana DAISY YADIRA PULIDO SÁNCHEZ contra el ciudadano MANUEL IGNACIO TO-RO GONZÁLEZ -de las características que constan en autos- y se ordena la liquidación y partición de los bienes, de por mitad, en el porcentaje del 50%, tanto de bienes mue-bles como de bienes inmuebles obtenidos en la comunidad concubinaria existe entre la demandante y el demandado, lo que se hará a través del partidor o partidores, que opor-tunamente se designen para tal fin. Y así se decide.
Por cuanto la parte demandada ha resultado vencida en esta instancia, se condena al pago de las costas procesales, .....