DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogado EMILIA QUINTERO MONTEMURRO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 63.994, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano RAFAEL ANTONIO PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nº 1.872.825, representado por la abogado RAISHA GROOSCORS BONAGURO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 57.200, contra la entidad mercantil SERENOS YARA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, en fecha 26 de noviembre de 1.982, bajo el Nº 54, Tomo 22-A, y se ordena cancelar al actor la .....