CAPITULO V
DECISIÓN
Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley declara Con Lugar la Acción Mero Declarativa de Unión Concubinaria interpuesta por la ciudadana Antonia Monteverde, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. 4.836.583, de este domicilio, En consecuencia, téngase la presente sentencia como la Declaración Judicial de Concubinato que existió entre la ciudadana Antonia Monteverde, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. 4.836.583 y el hoy difunto Lucas Evangelista Lugo Monteverde, quien era venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. 1.139.895, durante cuarenta y ocho años, es decir desde el año 1963 hasta el 14 de .....