Este Tribunal considera pertinente fijar Régimen de Visitas a favor de la niña MICHELLE YULLIMAR LANDAETA ARTIGOS, a favor de su padre, ciudadano FELIPE LANDAETA, y así se decide.
El cual se fija de la siguiente manera:
El padre, ciudadano FELIPE LANDAETA, podrá buscar a su hija MICHELLE YULLIMAR LANDAETA ARTIGOS, en el hogar de la madre o donde ésta lo indique los días Domingo en el horario comprendido desde las 9:00 a.m, hasta las 6:30 p.m., cada quince días, pudiéndola conducir fuera de la residencia de la madre de la niña, por cuanto la niña, debe ir acostumbrándose poco a poco con su padre. El presente régimen de visitas, deberá hacerse efectivo desde el día 31 de Julio del presente año y fecha.-
Notifíquese a las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN.-
Dada, Firmada en la Sala de Juicio, Juez unipersonal No. 4 del Tribunal de Protección de.....