Por las consideraciones  antes expuestas, y al haber transcurrido más de un (01) año sin actividad procesal de la parte recurrente, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia  en nombre de la República Bolivariana de Venezuela  y por Autoridad de la Ley, declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad incoado por la Abogada MARIANA PEÑUELA BASTIDAS, inscrita en el IPSA bajo el Numero 80.103 actuando en su carácter de Apoderada de la Entidad de Trabajo "ENVASES ATLANTICO C.A." registrada ante el Registro Mercantil Segundo del Estado Carabobo, en fecha 02-02-2000, anotada bajo el Nro. 15, Tomo 4-A, contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nro. 2177-2012 del  24 de Febrero del 2012, Expediente 080-2012-06-00956, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios autónomos  de Valencia, Naguanagua, San Diego,  Parroquias San José Catedral, San Blas y .....