DISPOSITIVA
En base a las precedentes consideraciones, esta Sala N° 02 de la Corte de Apelaciones en lo Penal y Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado Daniel Helden Caldera, en su condición de Defensor Privado, actuando en representación del ciudadano Robert Alexander Soto, en contra de la decisión dictada en fecha 02 de septiembre de 2015 y publicado el auto motivado el 09 de septiembre de 2015, por el Tribunal Primero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo extensión Puerto Cabello, en el asunto principal N° GP11-P-2015-000352, sólo con relación a la calificación jurídica otorgada al prenombrado acusado. Interpuesto el recurso de apelación, se dio el corresp.....