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Decisiones del dia 16/09/2008 |
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N° Expediente :
20.982
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N° Sentencia :
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Fecha: 16/09/2008 |
Procedimiento: Desalojo Arrendaticio |
Partes: DEMANDANTE: RICARDO JOSE LOVERA ACOSTA. DEMANDADO: JOSE ARAYA URBINA |
Resumen:
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION intentada por la abogado HILDA MEDINA HERNANDEZ, actuando en su carácter de apoderada judicial del demandado en la presente causa JOSE ARAYA URBINA.
SEGUNDO: CON LUGAR LA DEMANDA por DESALOJO ARRENDATICIO intentada por el ciudadano RICARDO JOSE LOVERA ACOSTA contra el ciudadano JOSE ARAYA URBINA.
TERCERO: En consecuencia, se condena al demandado JOSE ARAYA URBINA a:
¿ La Desocupación del inmueble arrendado, constituido por una casa, signada con el Nro. 114-B-32, ubicada en la calle Chacón, Barrio Güere, en jurisdicción del Municipio Naguanagua del Estado Carabobo, y entregarla con todos sus accesorios, en las mismas buenas condiciones en que lo recibió, totalmente solvente con los servicios públicos, libre de personas y bienes.
¿ A pagar por vía subsidiaria como indemnización por el uso la cantidad de UN MIL CIEN BOLIVARES FUERTES (Bs. 1.100,00), monto correspondiente a los cinco meses de cánones adeudados.
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Juez/Ponente:
Santiago Restrepo
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Organo:
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
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N° Expediente :
21.116
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N° Sentencia :
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Fecha: 16/09/2008 |
Procedimiento: Rectificación De Acta De Nacimiento |
Partes: SOLICITANTE: CLENDYS CAROLINA TAPIA AGUIRRE |
Resumen:
ordena de forma SUMARIA al Director Municipal de Registro del Estado Civil del Municipio Guacara del Estado Carabobo y al Registrador Principal del Estado Carabobo, estampar la debida Nota Marginal en la PARTIDA DE NACIMIENTO de la ciudadana CLENDYS CAROLINA TAPIA AGUIRRE, previamente determinada así, en el libro correspondiente a la Prefectura, donde dice: "...AGUIRREZ DE TAPIAS..." debe decir "...AGUIRRE DE TAPIA...", que es lo correcto. SEGUNDO: Donde dice: "...BIBIANO..." debe decir "...BIVIANO...", que es lo correcto. TERCERO: Donde dice: "...V-597.633..." debe decir "...V-5.987.633...", que es lo correcto. Así se decide. En el libro correspondiente al Registro Principal del Estado Carabobo, donde dice: "...AGUIRREZ..." debe decir "...AGUIRRE...", que es lo correcto. SEGUNDO: Donde dice: "...BENIANO..." debe decir "...BIVIANO...", que es lo correcto. TERCERO: Donde dice: "...V-5.97.633..." debe decir "...V-5.987.633...", que es lo correcto. Así se decide. Expídanse copias certific.....
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Juez/Ponente:
Santiago Restrepo
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Organo:
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario
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