Se dictó auto conmutando el resto de la pena en CONFINAMIENTO al penado PEDRO ORASMA GONZÁLEZ, por haber cumplido más de las tres cuartas partes de la pena impuesta. Se ordenó su presentación ante el Registro Civil del Municipio Juan Germán Roscio, San Juan de los Morros, Estado Guárico. Se ordenó librar boleta de pre-libertad, imponerlo de la decisión y las condiciones correspondientes. Se ordenó notificar a la Fiscal 14° del Ministerio Público y a la defensa. Se ordenó remitir copias certificadas de la decisión a la Dirección de Custodia y Rehabilitación del Recluso, al Internado Judicial Carabobo y al Registro Civil del Municipio Juan Germán Roscio, San Juan de los Morros, Estado Guárico, quien deberá informar periódicamente acerca del cumplimiento de las presentaciones del penado ante esa oficina.